miércoles, enero 14, 2026
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ATP: más de dos mil empresas que incumplieron los requisitos deberán devolver la ayuda

El gobierno nacional elevó un listado de las empresas y monotributistas que incumplieron con los requisitos para recibir los ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción) y que, por ello, deberán devolverle al Estado la ayuda que se les otorgó a través de ese programa.

El listado fue elaborado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se remitió al Banco Central y a la Comisión Nacional de Valores (CNV) para que controlen el cumplimiento de las condiciones y evalúen qué hacer en cada caso.

De esta manera, la AFIP tendrá que establecer un régimen de información, regular cómo se notificará a los beneficiarios de los incumplimientos detectados, indicar el monto que se deberá devolver, los plazos para hacer los descargos y resolver si corresponde o no la caducidad del beneficio.

Además, abre la posibilidad de que el organismo inicie acciones administrativas o judiciales, y la faculta a intercambiar información con cualquier otra jurisdicción u organismo para el control del cumplimiento de esas condiciones.

Las empresas que recibieron asistencia estatal para el pago de salarios durante la pandemia debían cumplir los siguientes requisitos:

  • No distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019 (para empresas de más de 800 empleados).
  • No recomprar sus acciones directa o indirectamente.
  • No adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior (por más de 500 dólares).
  • No realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
  • No incrementar los honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de un 5 por ciento en pesos moneda nacional. También para pagos adicionales, bonificaciones u honorarios extraordinarios.

En tanto, los requisitos para los monotributistas que debían cumplir hasta la cancelación del crédito a tasa cero eran:

  • No acceder al Mercado Libre de Cambios (MULC) para la compra de dólares.
  • No adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior (por más de 500 dólares).
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