La reforma laboral aprobada por el Congreso comenzó a regir este viernes tras su promulgación y publicación en el Boletín Oficial mediante el Decreto 137/2026. La norma, denominada Ley 27.802 de Modernización Laboral, introduce cambios en el régimen de indemnizaciones, incentivos para la formalización del empleo y nuevas reglas para reducir la litigiosidad en la Justicia laboral.
El Gobierno sostiene que el objetivo de la reforma es fomentar la creación de empleo registrado y aliviar los costos que, según el oficialismo, enfrentan especialmente las pequeñas y medianas empresas.
Uno de los principales cambios se refiere al sistema de indemnizaciones por despido sin causa. El nuevo esquema establece que el trabajador recibirá un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, con criterios específicos para determinar la remuneración habitual y posibles topes.
Además, la ley crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo destinado a financiar las indemnizaciones. Este fondo se integrará con aportes mensuales de los empleadores sobre las contribuciones patronales: será del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes. La administración de esos recursos quedará bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores.
La normativa también introduce cambios en el régimen de vacaciones y horas extras. El empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque podrá acordar con el trabajador otras fechas o fraccionar el período, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.
En relación con las horas extraordinarias, la ley habilita la implementación de bancos de horas. A través de este sistema, empleadores y trabajadores podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extras, que deberá formalizarse por escrito y contar con mecanismos de control.
La legislación aclara, sin embargo, que sus disposiciones no se aplicarán a empleados de la administración pública nacional o provincial, trabajadores agrarios, personal de casas particulares ni a prestadores independientes de plataformas tecnológicas.


