A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial de este lunes, el Gobierno nacional estableció “el Procedimiento para la Tramitación de Reclamos para el Acceso a la Indemnización del Fondo de Reparación COVID-19”.
Se trata de un resarcimiento económico por “efectos adversos” que hayan causado cualquiera de las vacunas administradas durante la pandemia por coronavirus en la Argentina.
Allí se indica que “en caso de muerte o incapacidad física total y permanente de la persona que recibió la vacuna, el Fondo de Reparación Covid 19 pagará una indemnización igual a 240 haberes mínimos jubilatorios del SIPA”.
En la “ley de vacunas contra el COVID” también se indica que será distinto “si los daños provocados por la vacuna no causan incapacidad física total o permanente”.
En ese caso, “la indemnización se debe valuar proporcionalmente sobre esa suma de acuerdo con el porcentaje de incapacidad que establezcan las comisiones médicas”.