jueves, diciembre 5, 2024
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Un tribunal frenó el Capítulo del DNU 70/23 que modifica la regulación del Instituto Nacional de la Yerba Mate

La Cámara Federal de Posadas avaló el pronunciamiento de un juez de primera instancia de dejar sin efecto el DNU 70/2023 que pretendía suprimir regulaciones fundamentales que afectan la producción, industrialización y comercialización de la yerba mate, así como cambiar la organización y las funciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

El fallo que recibió el apoyo del tribunal de segunda instancia fue dispuesto por la jueza en lo Civil y Comercial Nº 8 de Posadas, Adriana Beatriz Fiori, que en 13 de enero pasado dictó una medida cautelar para suspender los efectos del Capítulo I – Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley N.º 25.564) -arts. 164 al 168- DNU 70/2023.

“La jueza Fiori dictaminó una medida cautelar de prohibición de innovar, lo que significa que todo debe permanecer exactamente igual que antes de la entrada en vigor del DNU, dejando sin efecto el capítulo completo, compuesto por cuatro artículos”, explicó el abogado Luis Adrián Oudin, quien asesoró a los productores yerbateros que solicitaron la medida cautelar.

Esto comprende cuatro artículos que abarcaban la desregulación en toda la cadena productiva, como la supresión de registros de identificación de la producción y comercialización de la yerba mate, así como la promoción de formas asociativas entre los productores primarios y las cooperativas yerbateras.

La norma dictada por el presidente Javier Milei también suprimía la obligación de llevar a cabo acuerdos semestrales entre los diferentes sectores participantes del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) para regular el precio de la materia prima, además de eliminar la creación de fondos con propósitos específicos a través del INYM.

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